CERTIFICADO ENERGÉTICO

¿QUÉ ES Y QUIÉN TIENE QUE HACERLO?

Un certificado energético es un documento que expone el nivel de eficiencia energética de un edificio o una parte de este. Este documento es obligatorio tanto para la venta como para el alquiler de una vivienda o edificio y lo realiza un técnico titulado. 

 

Con este documento se pretende que el futuro comprador pueda tener una idea general acerca del consumo energético que tendrá la vivienda y poder ser comparado con respecto a otras. 

¿CUÁNTOS TIPOS DE CERTIFICACIÓS EXISTEN?

Principalmente, existen 3 tipos de certificados en función de la situación del edificio o vivienda: 

  • Certificado de eficiencia energética del proyecto: Se trata de un cálculo de la eficiencia energética en base a los cálculos realizados por los datos proporcionados en el proyecto de construcción, por lo que se realiza antes de que el edificio se construya. 
  • Certificado de eficiencia energética del edificio terminado: Se trata de un cálculo de la eficiencia energética del edificio una vez construido para constatar si corresponde con el obtenido por el certificado de eficiencia del proyecto. 
  • Certificado de eficiencia energética de edificio existente: Se trata de un cálculo de la eficiencia energética de un edificio que ya existe en base a las características propias del mismo, como ventanas, orientaciones... Este último es el más utilizado en la actualidad, puesto que se corresponde con el certificado necesario en la venta y alquiler de una vivienda de segunda mano. 

¿QUÉ INFLUYE EN MI ETIQUETA ENERGÉTICA?

A la hora de realizar un certificado energético de una vivienda existente es necesario tomar una serie de datos que posteriormente serán introducidos en un software de cálculo. Los principales datos son las envolventes del edificio (superficies, materiales, ventanas, puertas…), así como las instalaciones térmicas y ocupación de este.

 

Una vez calculado, se obtiene una calificación energética que comprende desde la A (más eficiente) hasta la G (menos eficiente). Como dato, una vivienda media, construida durante los años 80, suele presentar una categoría D, E o F en función de su localización y orientación. 

¿REQUIERE REGISTRO ADMINISTRATIVO?¿TIENE CADUCIDAD?

Si, cada certificado ha de ser registrado en la Delegación de Industria de la Comunidad Autónoma. La caducidad de un certificado energético es de 10 años, excepto para los edificios con calificación G, cuya caducidad es de 5 años.

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